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Gracias al Convenio de Tampere sobre el suministro de recursos de
telecomunicaciones para la mitigación de catástrofes y las operaciones de
socorro en casos de catástrofe que entra en vigor el sábado 8 de enero de 2005,
tras la ratificación de 30 países,
las víctimas de situaciones de catástrofe podrán a partir de ahora beneficiarse
de operaciones de rescate más rápidas y eficaces. Los obstáculos reglamentarios
que hasta hoy hacían extremadamente difícil importar y poner rápidamente en
marcha equipos de telecomunicaciones para situaciones de emergencia solían
impedir a las organizaciones humanitarias la utilización transfronteriza de
dichos equipos.
Este Tratado simplifica la utilización de equipos de telecomunicaciones
destinados a salvar vidas humanas. Se estima que, cada decenio, las diversas
catástrofes acaban con la vida de un millón de personas y dejan sin hogar a
varios millones. Cuando se produce una catástrofe, los enlaces de comunicación
quedan a menudo interrumpidos y, no obstante, su presencia reviste gran
importancia para los especialistas en la prestación de socorro que llegan al
lugar. Para dar una respuesta inmediata necesitan reunir información sobre el
número de muertos o heridos, los lugares a los que han sido trasladados los
heridos, los centros a los que deberían trasladarse y la magnitud de la
asistencia médica necesaria. Por otra parte, los especialistas necesitan
imprescindiblemente las telecomunicaciones para coordinar la compleja logística
de las operaciones de rescate y socorro.
La ausencia de un marco multilateral reconocido que permita eximir
provisionalmente de ciertas formalidades ha ocasionado la pérdida de vidas. "En
situaciones de urgencia, las telecomunicaciones salvan vidas", dijo el Sr.
Yoshio Utsumi, Secretario General de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones, organismo de las Naciones Unidas especializado en las
telecomunicaciones, que, junto con la Oficina de las Naciones Unidas para la
Coordinación de los Asuntos Humanitarios, es uno de los motores que han
impulsado la elaboración y promoción del Convenio. "Gracias a este Convenio, los
especialistas en las actividades de socorro podrán utilizar sin restricciones
los medios de telecomunicaciones modernos que son indispensables para coordinar
las operaciones de rescate."
El Convenio de Tampere, que pide a los Estados que proporcionen rápidamente
asistencia en materia de telecomunicaciones para aliviar las consecuencias de
las catástrofes, contempla la instalación y puesta en marcha de servicios de
telecomunicaciones fiables y de fácil adaptación. Se suprimen los obstáculos
reglamentarios que impedían la utilización de recursos de telecomunicación para
llevar a cabo las tareas de rescate. Entre esos obstáculos pueden mencionarse la
asignación de frecuencias y las tasas derivadas de su utilización, así como la
protección de técnicos que utilizan esos equipos. "La OCHA procura dar la
respuesta más idónea en casos de catástrofe para evitar la pérdida de vidas
humanas y ayudar a los sobrevivientes. El Convenio facilitará esa tarea", dijo
Jan Egeland, Coordinador de las operaciones del Convenio de Tampere.
El Convenio protege por otra parte los privilegios, inmunidades y facilidades
concedidos a las personas que proporcionan asistencia en casos de catástrofe,
concediéndoles inmunidad contra el arresto o la detención y eximiéndoles del
pago de impuestos y aranceles. Como primer tratado de este tipo, el Convenio
designa además las organizaciones no gubernamentales y las entidades no
estatales a cuyo personal se le acordarán esos privilegios e inmunidades cuando
participe en tareas de apoyo a las organizaciones humanitarias y de rescate de
las Naciones Unidas, como el Alto Comisionado de las Naciones Unidades para los
Refugiados (ACNUR), la Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de
los Asuntos Humanitarios (OCHA) y la Federación Internacional de las Sociedades
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (IFRC).
El Convenio, que define el marco general de cooperación entre los Estados
Partes y todos los demás asociados en las tareas de asistencia humanitaria
internacional, describe los procedimientos de petición y suministro de
asistencia de telecomunicaciones, reconociendo el derecho de un Estado Parte a
dirigir, controlar y coordinar la asistencia proporcionada en virtud del
Convenio dentro de su territorio. Define además elementos y aspectos específicos
del suministro de asistencia de telecomunicaciones, como la terminación de
asistencia y la solución de diferencias. Según lo estipulado en el Convenio, los
Estados prepararán un inventario de los recursos, tanto humanos como materiales,
puestos a disposición para mitigar catástrofes y realizar operaciones de
socorro, y elaborarán un plan de acción de telecomunicaciones que defina las
etapas necesarias para poner en marcha esos recursos.
En virtud del Convenio, un Estado Parte solicitante debe establecer por
escrito, antes de la llegada de asistencia de telecomunicaciones a la zona de la
catástrofe, los cánones cuyo pago o reembolso prevé recibir. A fin de evitar
tasas excesivas, los cánones se basarán en un modelo acordado de pagos y
reembolsos, así como en otros factores, por ejemplo la índole de la catástrofe o
peligro natural y las necesidades particulares de los países en desarrollo.
En cumplimiento de los objetivos del Convenio, el Coordinador Técnico tratará
de obtener la cooperación de otros organismos pertinentes de las Naciones
Unidas, en particular la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
Los 17 Artículos, que constituyen un tratado internacional jurídicamente
vinculante, fueron adoptados en forma unánime el 18 de junio de 1998 por
delegados de los 75 países participantes en la Conferencia Intergubernamental
sobre las Telecomunicaciones de Urgencia (ICET-98), que se celebró por
invitación del Gobierno de Finlandia en Tampere, a unos 200 kilómetros al norte
de Helsinki. El Tratado quedó a partir de ese momento abierto a la adhesión, a
la espera del número requerido de 30 ratificaciones para entrar en vigor.
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