Abstracto :
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Con arreglo al §2.7.2 del Anexo 2 de la Resolución UIT-R 1-7, las Comisiones de Estudio podrán aprobar Informes nuevos o revisados, normalmente por consenso de todos los Estados Miembro presentes en la reunión de la Comisión de Estudio. Los informes aprobados serán publicados por la Oficina de Radiocomunicaciones en el sitio web de la UIT como publicaciones oficiales de la Unión. En el Cuadro 1 de la presente contribución se resumen las fechas de aprobación y publicación de los informes UIT-R de la serie M desde 2015.
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