En la Resolución 76 de la AMNT-12 se resuelve que “la Comisión de Estudio 11 del UIT‑T coordine las actividades del Sector relacionadas con el programa C&I de la UIT de todas las Comisiones de Estudio y revise las recomendaciones en el Plan Comercial de Conformidad e Interoperabilidad para la aplicación a largo plazo del programa C&I”.
En el Plan de Acción de C&I acordado por el Consejo-12 (Documento C12/48) figura que:
- “El UIT-T creará un programa piloto de evaluación de la conformidad de tecnologías clave en los mercados con demanda para tal programa”.
- “Las Comisiones de Estudio del UIT-T identificarán para qué otras tecnologías hay demanda para el programa de evaluación de la conformidad y determinarán si ya hay especificaciones de pruebas para ello y, de no haberlas, estudien la posibilidad de elaborarlas”.
Tras las decisiones tomadas por la AMNT-12 y el Consejo-12, la CE11 estableció el Plan de Acción de la CE11 para la puesta en práctica del Programa de C&I, que contribuirá a lograr los objetivos de la Resolución 76 (AMNT-12),
ayudará a las Comisiones de Estudio del UIT-T en su labor relativa al desarrollo del Programa de C&I de la UIT en el marco de sus responsabilidades y está destinado a ayudar a los países en desarrollo en la aplicación de sus planes de C&I en las regiones.
Una de las partes más importantes del Plan de Acción de la CE11 es la
lista evolutiva de posibles proyectos piloto para la evolución de su conformidad respecto de las Recomendaciones de la UIT. Los proyectos piloto pueden basarse en tecnologías clave determinadas por las Comisiones de Estudio del UIT-T como tecnologías apropiadas para la realización de pruebas de conformidad y/o interfuncionamiento.
La TSB se encarga de mantener la lista evolutiva de acuerdo con la información facilitada por todas las Comisiones de Estudio del UIT-T y la JCA-CIT en relación con las solicitudes formuladas por la CE11, utilizando la plantilla facilitada en el Anexo C del Plan de Acción de la CE11.