Línea de acción C9 de la CMSI: Reconsideración de las directrices de política de la UNESCO para el desarrollo y la promoción de la información del dominio público gubernamental
UNESCO
Sesión 279
El taller discutirá los alcances de la nueva versión de los Lineamientos de Política para el Desarrollo y Promoción de la Información de Dominio Público Gubernamental
El propósito de las Directrices de política para el desarrollo y la promoción de la información del dominio público gubernamental es aprovechar este ímpetu para ayudar a desarrollar y promover la información del dominio público a nivel gubernamental, con especial atención a las leyes de acceso a la información y la información en formato digital. .
El alcance de estas Directrices de Política se limita a la discusión de temas, principios, políticas y procedimientos clave que pueden ayudar a desarrollar y promover la producción, difusión, preservación y uso de información de dominio público gubernamental a nivel nacional.
Las Directrices de Política tienen como objetivo:
· Definir mejor la información de dominio público gubernamental y describir su función e importancia;
· Proporcionar una guía autorizada a los actores estatales sobre el desarrollo de marcos legales y políticas sobre asuntos que afectan el derecho a la información;
· Sugerir principios que puedan ayudar a guiar el desarrollo de políticas, infraestructura y servicios para la provisión de información producida por los gobiernos al público;
· Ayudar a fomentar la producción, el archivo y la difusión de información de dominio público, con énfasis en garantizar el contenido multilingüe, cuando sea necesario;
· Ayudar a promover el acceso de todos los ciudadanos, especialmente incluyendo las comunidades desfavorecidas.




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C2. Infraestructura de la información y la comunicación
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C3. Acceso a la información y al conocimiento
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C4. Creación de capacidades
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C6. Entorno habilitador
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C7. Aplicaciones de las TIC: ventajas en todos los aspectos de la vida — Gobierno electrónico
Los eventos en línea abordan el siguiente tema: "TIC para el bienestar, la inclusión y la resiliencia: cooperación de la CMSI para acelerar el progreso de los ODS".
La UNESCO es el organismo custodio del seguimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16.10 indicador 2. ”. El ODS 16.10.2 se refiere a la cantidad de países que adoptan e implementan garantías constitucionales, estatutarias y/o políticas para el acceso público a la información, y permanece entrelazado con otros ODS.
Es importante respetar y mantener el derecho a la información y reconocer toda su definición: “el Derecho de Acceso Público a la Información significa el derecho a la vida, el derecho a ganarse la vida, el derecho a vivir en una sociedad regida por el estado de la ley, el derecho a vivir en una sociedad libre de corrupción, el derecho a saber cómo se construyen y utilizan los algoritmos contra la población, el derecho a conocer los datos que se están recopilando sobre uno mismo, el derecho a vivir en una sociedad justa, como el derecho a hacer que el gobierno rinda cuentas".
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Objetivo 16: Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles
La UNESCO ha sido designada como agencia de custodia para informar sobre el progreso global por medio del Indicador 16.10.2 de los ODS sobre el acceso público a la información. El indicador analiza el “Número de países que adoptan e implementan garantías constitucionales, estatutarias y/o políticas para el acceso público a la información”.