5.5 El Convenio de Tampere
Los objetivos y los principios del
Convenio de Tampere
El Convenio de Tampere es el resultado de
un largo proceso. Su origen fue la Primera Conferencia sobre Telecomunicaciones
de Emergencia, celebrada en Tampere, Finlandia, en 1991, seguida por
discusiones y decisiones tomadas por conferencias internacionales de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones y de las Naciones Unidas. Colaboradores en
la asistencia humanitaria internacional, organismos especializados de la ONU y
organizaciones no gubernamentales participaron en estos trabajos por medio del
Grupo de Trabajo sobre telecomunicaciones en situaciones de emergencia (WGET),
convocado regularmente por las Naciones Unidas. Posteriormente, un grupo de
expertos jurídicos redactó el proyecto de texto final de un Convenio para que
fuera adoptado por la Conferencia Intergubernamental sobre telecomunicaciones
en casos de emergencia (ICET‑98), que tuvo lugar en Tampere, Finlandia,
en 1998.
- El Convenio pretende acelerar
y facilitar la utilización de las telecomunicaciones de emergencia en el marco
de la asistencia humanitaria internacional. La ayuda en materia de
telecomunicaciones se puede prestar de forma directa a instituciones nacionales
y/o directamente a la población afectada por una catástrofe, y/o en el contexto
o en apoyo de otras actividades de socorro y atenuación de los efectos de las
catástrofes.
- El Convenio define la
situación del personal de los distintos organismos de asistencia humanitaria
internacional, entre ellos no solamente incluye al personal de las entidades
gubernamentales y de las organizaciones internacionales, sino también a
voluntarios de organizaciones no gubernamentales y otros entes no estatales, y
establece sus prerrogativas y su inmunidad.
- El Convenio protege
plenamente los intereses de los Estados que solicitan y reciben la asistencia.
El Gobierno beneficiario conserva el derecho a supervisarla.
- El Convenio prevé la concertación
de acuerdos bilaterales entre los organismos que prestan la asistencia y el
Estado que la solicita o recibe. Para no retrasar la prestación de la
asistencia, se codificarán "prácticas idóneas" en el lenguaje común
de aplicación. La utilización de esos acuerdos modelo permitirá la aplicación
inmediata del Convenio de Tampere en cuanto se produzca una catástrofe
repentina.
El contenido del Convenio de Tampere
En su calidad de documento jurídico
internacional, cuyo depositario es el Secretario General de las Naciones
Unidas, el Convenio de Tampere tiene que adoptar la presentación característica
de los tratados internacionales. El documento consta de 17 Artículos,
entre los cuales 7 (Artículos 2‑9) contienen la esencia del
tratado, y el resto, referencias a documentos afines y a las disposiciones
normativas necesarias.
- En el preámbulo del Convenio se
destaca el papel fundamental que desempeñan las telecomunicaciones en la
asistencia humanitaria y la necesidad de facilitarlas y se recuerdan los
principales instrumentos jurídicos, tales como las Resoluciones
correspondientes de las Naciones Unidas y la Unión Internacional de
Telecomunicaciones, que prepararon el camino para el Convenio de Tampere.
- En el Artículo 1 se definen los
términos utilizados en el Convenio. Las definiciones de las organizaciones no
gubernamentales y entidades no estatales revisten especial importancia, puesto
que el Convenio de Tampere es el primer tratado de ese tipo que atribuye
prerrogativas e inmunidad a su personal.
- El Artículo 2 trata de la
coordinación de las operaciones, que correrá a cargo del Coordinador del
Socorro de Emergencia de las Naciones Unidas en
colaboración con el Secretario General de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones.
- El Artículo 3
define el marco general de la cooperación entre los Estados Partes y todos los
participantes en la asistencia humanitaria internacional, incluidas las
entidades no estatales.
- El Artículo 4 explica los
procedimientos de solicitud y prestación de la asistencia en materia de
telecomunicaciones, reconociendo especialmente el derecho de los Estados Partes
a dirigir, controlar y coordinar la ayuda prestada de acuerdo con el Convenio
dentro de su territorio.
- El Artículo 5 define las
prerrogativas, la inmunidad y las facilidades que concederá el Estado Parte
solicitante, recalcando una vez más que lo dispuesto en ese Artículo se
entenderá sin perjuicio de los derechos y obligaciones, en aplicación de los
acuerdos internacionales o del derecho internacional.
- Los Artículos 6, 7 y 8 definen
elementos y aspectos específicos de la prestación de la asistencia de
telecomunicaciones, tales como la terminación de la misma, el pago o reembolso
de gastos o cánones y la realización de un inventario de información sobre el
tema.
- El Artículo 9 se puede considerar
como el elemento básico del Convenio de Tampere, dado que la supresión de los
obstáculos reglamentarios ha sido el principal objetivo del trabajo encaminado
a elaborar este tratado desde 1990.
- Los Artículos restantes, del 10 al
17, contienen las disposiciones clásicas relativas a la relación entre el
Convenio y otros acuerdos internacionales, a la solución de controversias, a la
entrada en vigor, a las enmiendas, a las reservas y a la denuncia. Se estipula
que el Secretario General de las Naciones Unidas es el depositario del Convenio
y que los textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso del Convenio
son igualmente auténticos.