– 159 – (6.2 – Naciones Unidas y otras organizaciones) R 800 (C-1977, modificada por última vez C-1984) Las telecomunicaciones – un factor importante del desarrollo económico y social: papel desempeñado por la UIT en este campo El Consejo, habiendo examinado la nota del Secretario General titulada «Las telecomunicaciones – un factor importante del desarrollo económico y social: papel desempeñado por la UIT en este campo» (Docu-mento 5073/CA32), observando a) que en todos los países, sea cual fuere su nivel de desarrollo, la existencia de una infraestructura apropiada de telecomunicaciones reviste vital importancia para el desarrollo económico y social en las distintas ramas, por lo que, además de la UIT, son muchas las organizaciones internacionales que se interesan por uno o varios aspectos del desarrollo de las telecomunicaciones; b) que no todas las organizaciones internacionales están debidamente informadas del papel desempeñado por la UIT en la reglamentación y la normalización de las telecomunicaciones ni de las actividades de la Unión que culminan con el establecimiento de Informes y Recomendaciones sobre la planificación y la explotación de la infraestructura y de los servicios de telecomunicaciones; c) que en su Resolución A/RES/31/139, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha pedido al Director General de la UNESCO que prepare, en colaboración con los organismos especializados inte-resados, un informe sobre los progresos alcanzados en el desarrollo de los sistemas de comunicación de masas, informe que deberá examinarse en el 33.o periodo de sesiones (1978) de la Asamblea General, considerando a) que las Naciones Unidas reconocen a la Unión Internacional de Telecomunicaciones como el organismo especializado encargado de adoptar, de conformidad con su Acta constitutiva, todas las medidas necesarias para el cumplimiento de los fines señalados en la misma; b) que, según el Artículo 4 del Convenio Internacional de Telecomunicaciones (Nairobi, 1982), la Unión tiene por objeto: – mantener y ampliar la cooperación internacional entre todos los Miembros de la Unión para el mejoramiento y el empleo racional de toda clase de telecomunicaciones, así como promover y proporcionar asistencia técnica a los países en desarrollo en el campo de las telecomu-nicaciones; – favorecer el desarrollo de los medios técnicos y su más eficaz explotación, a fin de aumentar el rendimiento de los servicios de telecomunicación, acrecentar su empleo y generalizar lo más posible su utilización por el público; – armonizar los esfuerzos de las naciones para la consecución de estos fines, c) que, por medio de sus órganos, especificados en el Artículo 5 del Convenio Internacional de Telecomunicaciones, las actividades de la Unión en materia de telecomunicaciones van desde la reglamentación y la normalización hasta la realización de estudios técnicos conducentes a acuerdos inter-gubernamentales sobre la planificación, la explotación y el mantenimiento de toda clase de servicios de telecomunicación, incluidos, por tanto los sistemas de transmisión y de tarificación destinados a los medios de comunicación de masas; d) que la UIT participa plenamente en el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, como organismo de ejecución para los proyectos de telecomunicaciones,