– 153 – (6.2 – Naciones Unidas y otras organizaciones) 15 pide al Comité Especial que intensifique sus esfuerzos para fomentar la campaña internacional contra el apartheid y, con ese fin, lo autoriza: a) a celebrar periodos de sesiones fuera de Sede o a enviar un subcomité en misión para consultar con los organismos especializados, las organizaciones regionales, los Estados y las organizaciones no gubernamentales; b) a celebrar consultas con expertos y a organizar estudios especiales sobre varios aspectos del apartheid, en consulta con el Secretario General y dentro de las consignaciones presupuestarias que se aprueben para ese fin, 16 pide a todos los Estados, organismos especializados y demás organizaciones que intensifiquen la difusión de información sobre los males del apartheid, a la luz del Informe del Comité Especial y, a este respecto, reitera su llamamiento a los Estados que todavía no lo hayan hecho para que promuevan con urgencia el establecimiento de comités nacionales conforme a lo dispuesto en el párrafo 9 de la Resolución 2307 (XXII) de la Asamblea General, de 13 de diciembre de 1967, 17 pide al Secretario General que, a la luz de las propuestas del Comité Especial para la más amplia difusión posible de la información sobre el apartheid: a) tome las medidas necesarias para que la Dependencia del apartheid, creada en virtud de la Resolución 2144 A (XXI) de la Asamblea General, de 26 de octubre de 1966 desempeñe sus nuevas funciones a la luz de las propuestas recogidas en el párrafo 146 del Informe del Comité Especial; b) tome otras disposiciones apropiadas para ayudar a todos los Estados, organismos especializados y demás organizaciones a que intensifiquen la difusión de información, 18 pide al Secretario General que siga proporcionando al Comité Especial todos los medios necesarios, inclusive los medios financieros apropiados, para la eficaz realización de su tarea, 19 invita a los Estados, a los organismos especializados, a las organizaciones regionales y a las organizaciones no gubernamentales a que cooperen con el Secretario General y con el Comité Especial en la realización de las tareas que se les asignan en la presente Resolución. ANEXO 3 14 RESOLUCIÓN 2426 (XXIII) APLICACIÓN DE LA DECLARACIÓN SOBRE LA CONCESIÓN DE LA INDEPENDENCIA A LOS PAÍSES Y PUEBLOS COLONIALES POR LOS ORGANISMOS ESPECIALIZADOS Y LAS INSTITUCIONES INTERNACIONALES RELACIONADAS CON LAS NACIONES UNIDAS La Asamblea General, habiendo considerado el tema titulado «Aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales por los organismos especializados y las instituciones internacionales relacionadas con las Naciones Unidas», recordando la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, contenida en la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General, de 14 de diciembre de 1960, _________________ 14 Véase también la Resolución 765/CA30 (1975).