– 110 – (3.4 – Otras Conferencias y reuniones/Asuntos conexos) 1.5 examinar la armonización del espectro a nivel mundial o regional para el periodismo electrónico, teniendo en cuenta los resultados de los estudios del UIT-R, de conformidad con la Resolución 954 (CMR-07); 1.6 revisar el número 5.565 a fin de actualizar la utilización del espectro por los servicios pasivos en las frecuencias comprendidas entre 275 y 3 000 GHz, de conformidad con la Resolución 950 (Rev.CMR-07), y considerar posibles procedimientos para los enlaces ópticos en el espacio libre, teniendo en cuenta los resultados de los estudios del UIT-R, de conformidad con la Resolución 955 (CMR-07); 1.7 examinar los resultados de los estudios realizados por el UIT-R con arreglo a la Resolución 222 (Rev.CMR-07), a fin de garantizar la disponibilidad de espectro y el acceso a largo plazo al espectro para satisfacer las necesidades del servicio móvil aeronáutico por satélite (R) y adoptar las medidas adecuadas al respecto, manteniendo inalterada la atribución genérica al servicio móvil por satélite en las bandas 1 525- 1 559 MHz y 1 626,5-1 660,5 MHz; 1.8 considerar los adelantos conseguidos en los estudios del UIT-R sobre las cuestiones técnicas y reglamentarias referentes al servicio fijo en las bandas de frecuencias entre 71 GHz y 238 GHz, habida cuenta de las Resoluciones 731 (CMR-2000) y 732 (CMR-2000); 1.9 revisar las frecuencias y la disposición de canales del Apéndice 17 al Reglamento de Radiocomuni-caciones, de conformidad con la Resolución 351 (Rev.CMR-07), para poner en servicio nuevas tecnologías digitales para el servicio móvil marítimo; 1.10 examinar las atribuciones de frecuencia necesarias para el funcionamiento de los sistemas de seguridad para las embarcaciones y los puertos y las correspondientes disposiciones reglamentarias, de conformidad con la Resolución 357 (CMR-07); 1.11 considerar la posibilidad de proceder a una atribución a título primario al servicio de investigación espacial (Tierra-espacio) en la banda 22,55-23,15 GHz, teniendo en cuenta los resultados de los estudios realizados por el UIT-R con arreglo a la Resolución 753 (CMR-07); 1.12 proteger los servicios primarios en la banda 37-38 GHz contra la interferencia causada por los sistemas del servicio móvil aeronáutico, teniendo en cuenta los resultados de los estudios del UIT-R y de conformidad con la Resolución 754 (CMR-07); 1.13 examinar los resultados de los estudios realizados por el UIT-R con arreglo a la Resolución 551 (CMR-07), y determinar la utilización del espectro en la banda 21,4-22 GHz para el servicio de radiodifusión por satélite (SRS) y las bandas para los correspondientes enlaces de conexión en las Regiones 1 y 3; 1.14 examinar las necesidades para nuevas aplicaciones en el servicio de radiolocalización y analizar las atribuciones o las disposiciones reglamentarias para la implantación del servicio de radiolocalización en la gama de frecuencias 30-300 MHz, de conformidad con la Resolución 611 (CMR-07); 1.15 considerar las posibles atribuciones al servicio de radiolocalización en la gama de frecuencias 3- 50 MHz para aplicaciones de radares oceanográficos, teniendo en cuenta los resultados de los estudios del UIT-R y de conformidad con la Resolución 612 (CMR-07); 1.16 examinar las necesidades de los sistemas pasivos de detección de rayos en el servicio de ayudas a la meteorología, incluida la posibilidad de una atribución de frecuencias por debajo de 20 kHz, y tomar las medidas apropiadas, de conformidad con la Resolución 671 (CMR-07); 1.17 examinar los resultados de los estudios de compartición entre el servicio móvil y otros servicios en la banda 790-862 MHz en las Regiones 1 y 3, de conformidad con la Resolución 749 (CMR-07), para garantizar la protección adecuada de los servicios a los que está atribuida esta banda y adoptar las medidas necesarias;