– 163 – (7.2 – Otras cuestiones) observando además a) que las recomendaciones contenidas en los Documentos C05/37 y 51 deben aplicarse teniendo en cuenta los créditos presupuestarios existentes de la Unión; b) que la realización de ciertos proyectos indicados en el Documento C05/37, en particular los relativos a la mejora de los procesos empresariales, debe ser objeto de más estudio, resuelve 1 que se ejecuten inmediatamente los siguientes proyectos después de la sesión de 2005 del Consejo: – gestión de viajes; – instrumentos de adquisición (servicio, acuerdo especial de servicio y adquisiciones de la BDT); – mejora de la relación entre la planificación estratégica, financiera y operativa; – reclutamiento de personal, nombramientos, transferencias y promociones; – mejora de algunos procesos empresariales como se menciona en el Documento C05/37; 2 que los fondos previstos para estos proyectos no rebasen el tope de 1 800 000 CHF lo cual está dentro de los límites del fondo del capital para las TIC; 3 que el Secretario General siga estudiando los proyectos indicados en el Documento C05/37, incluidas las recomendaciones del Consultor para futuros trabajos, y proporcione un informe al NCOG, resuelve también agradecer al NCOG los trabajos llevados a cabo, como establece la Resolución 1216, y revisar su mandato, composición y métodos de trabajo, como se indica en el Anexo a la presente Resolución, encarga al Nuevo Grupo del Consejo para la Supervisión 1 que supervise la aplicación de los proyectos indicados en esta Resolución, asistido por el Equipo de Apoyo, y presente su Informe Final al Consejo 2006; 2 que asegure que las cantidades destinadas a estos proyectos no rebasan las provisiones de fondos disponibles; 3 que examine el Informe del Secretario General sobre los proyectos indicados en el Docu-mento C05/37, encarga al Secretario General 1 que disponga de los recursos de personal interno adecuados para facilitar la aplicación de los proyectos señalados en el resuelve 1 y permita al Nuevo Grupo del Consejo para la Supervisión que lleve a cabo sus trabajos; 2 que complete el examen de los proyectos enumerados en el Documento C05/37 y elabore un Informe que deberá presentar a su debido tiempo al NCOG; 3 que informe al Consejo, en su reunión de 2006, sobre la aplicación de esta Resolución. Anexo: 1