– 105 – (3.4 – Otras conferencias y reuniones/Asuntos conexos) c) la Resolución 75 de la Asamblea Mundial de Normalización de las Telecomunicaciones (Johannesburgo, 2008) sobre la contribución del UIT-T a la puesta en práctica de los resultados de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información y al establecimiento de un Grupo Especializado sobre cuestiones de política pública relacionada con Internet como parte integrante del Grupo de Trabajo del Consejo sobre la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información; d) las Resoluciones 1214, 1222 y 1244 del Consejo relacionadas con la labor del GT-CMSI, considerando a) que la UIT tiene un papel crucial que desempeñar para establecer un punto de referencia mundial en lo que respecta a la sociedad de la información; b) que el GT-CMSI ha demostrado ser un mecanismo eficaz para facilitar las contribuciones de los Estados Miembros relativas a la función de la UIT en la puesta en práctica de los resultados de la CMSI, como pidió la Conferencia de Plenipotenciarios de 2006; c) que el GT-CMSI recomienda al Consejo que considere la posibilidad de identificar recursos extrapresupuestarios, además de los recursos presupuestarios ordinarios atribuidos al Plan Estratégico de la UIT para la puesta en práctica de los resultados de la CMSI; d) que la PP-06 adoptó la Resolución 140 (Antalya, 2006) sobre la función de la UIT en la puesta en práctica de los resultados de la CMSI, haciendo hincapié en que las competencias fundamentales de la UIT en el ámbito de las TIC, a saber, asistencia en la reducción de la brecha digital, cooperación internacional y regional, gestión del espectro de frecuencias radioeléctricas, elaboración de normas y divulgación de información, son decisivas para la creación de la sociedad de la información; e) que la Resolución 140 (Antalya, 2006) pide al Consejo que mantenga en actividad el Grupo de Trabajo con el fin de que: i) los Miembros puedan facilitar contribuciones y dar orientaciones sobre la puesta en práctica de los resultados pertinentes de la CMSI por la UIT; y ii) presente al Consejo las propuestas que considere necesarias para que la UIT pueda adaptarse a las funciones que debe desempeñar en la creación de la sociedad de la información; f) que la Resolución 102 (Rev. Antalya, 2006), en sus considerando, reconociendo y destacando, se inspiró en los correspondientes resultados de la CMSI de los párrafos 29-82 de la Agenda de Túnez relativos al Gobierno de Internet; g) que la Resolución 102 (Rev. Antalya, 2006) invita al Grupo de Trabajo del Consejo sobre la CMSI: – a examinar y estudiar las actividades que realicen el Secretario General y los Directores de las Oficinas para dar aplicación a la Resolución 102 (Rev. Antalya, 2006); – a preparar las contribuciones de la UIT a las actividades mencionadas en la Resolución 102 (Rev. Antalya, 2006), según proceda, habiendo examinado el Informe del Grupo de Trabajo del Consejo sobre la CMSI acerca de la evolución de la situación después de la PP-06, Informe que queda recogido en el Documento C07/21 presentado a la reunión de 2007 del Consejo, y en Documento C08/50 presentado a la reunión de 2008 del Consejo, tomando en consideración que la Resolución 75 (AMNT-08) resuelve solicitar al Consejo que establezca, como parte integrante del GT-CMSI, un Grupo especializado sobre cuestiones de política pública internacional relacionadas con Internet, abierto únicamente a la participación de todos los Estados Miembros, cuya tarea será identificar, estudiar y definir asuntos relativos a cuestiones de política pública internacional relacionadas con Internet, distribuir sus resultados entre todos los Miembros de la UIT, así como contribuir a las actividades del GT-CMSI sobre cuestiones de política pública internacional relacionadas con Internet en el marco del mandato de la UIT, de conformidad con las Resoluciones pertinentes de la Conferencia de Plenipotenciarios (Antalya, 2006) y la Resolución 1282 del Consejo 2007,