– 61 – (2.1 – Condiciones de empleo) R 1293 Condiciones de empleo de los funcionarios de elección de la UIT (C08) El Consejo, vistas las disposiciones de la Resolución 46 (Kyoto, 1994) adoptada por la Conferencia de Plenipotenciarios, habiendo examinado el Informe del Secretario General sobre las medidas adoptadas en el régimen común a raíz de las decisiones adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su sexagésimo segundo periodo de sesiones sobre las condiciones de servicio (Resolución 62/227 de 22 de diciembre de 2007), aprueba a) la siguiente escala de sueldos con efecto al 1 de enero de 2007 para los funcionarios de elección de la UIT: USD anuales Bruto Neto con familiares a cargo Neto sin familiares a cargo Secretario General 220 226 154 040 140 411 Vicesecretario General y los Directores de las Oficinas 199 831 141 395 128 884 Ref.: Documentos C08/94 y C08/106. R 1310 Condiciones de empleo de los funcionarios de elección de la UIT (C09) El Consejo, vistas las disposiciones de la Resolución 46 (Kyoto, 1994) adoptada por la Conferencia de Plenipotenciarios, habiendo examinado el Informe del Secretario General sobre las medidas adoptadas en el régimen común a raíz de las decisiones adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 63° periodo de sesiones sobre las condiciones de servicio (Resolución 63/251 de 23/24 de diciembre de 2008), aprueba la siguiente escala de sueldos con efecto al 1 de enero de 2009 para los funcionarios de elección de la UIT: USD anuales Bruto Neto con familiares a cargo Neto sin familiares a cargo Secretario General 222 505 157 628 143 682 Vicesecretario General y los Directores de las Oficinas 202 598 144 689 131 887 Ref.: Documentos C09/115 y C09/121.