– 51 – (1.2 – Otros asuntos de finanzas) ANEXO 1 Mandato revisado del Grupo del Consejo sobre el Reglamento Financiero y temas de gestión financiera conexos Se modifica el mandato del Grupo del Consejo sobre el Reglamento Financiero que figura en el Anexo 4 a la Resolución 1210 del Consejo, para que rece lo siguiente: 1) examinar las disposiciones actuales del Reglamento Financiero y las Reglas Financieras con miras a garantizar su conformidad y coherencia con los instrumentos fundamentales de la Unión, las decisiones de las Conferencias de Plenipotenciarios y del Consejo, así como las necesidades cambiantes de la UIT; 2) velar por que, tras el establecimiento de un método de presupuestación basada en los resultados y la mejora continua del sistema de gestión financiera en la UIT, se introduzcan continuamente las modificaciones correspondientes en los instrumentos financieros, y se clasifiquen las consignaciones por programa y actividad, con la correspondiente referencia al Plan Estratégico, en lugar de clasificarse por categoría de gasto; 3) velar por que las disposiciones sobre flexibilidad consignadas en el Reglamento Financiero y las Reglas Financieras, incluidas las actividades aplazadas para el bienio siguiente, estén en consonancia con las de otras organizaciones de las Naciones Unidas; 4) examinar las recomendaciones del Auditor Externo, que éste presenta anualmente al Consejo, de forma continua, tomando en consideración la Resolución 94 (Rev. Antalya, 2006) relativa a la verificación de las cuentas de la Unión, y el mandato del Auditor Externo, que se indica en el Artículo 28 y el Anexo 1 al Reglamento Financiero; 5) garantizar que el Reglamento Financiero contiene disposiciones sobre control interno que estén en consonancia con las de otras organizaciones de las Naciones Unidas; 6) identificar otros cambios que han de introducirse en el Reglamento Financiero y en las Reglas Financieras como resultado de las medidas antes mencionadas; 7) efectuar la coordinación necesaria con el Grupo del Consejo para la Gestión y el Presupuesto. Ref.: Documentos 07/86 y 07/104. A 550 (C08) Adopción por la UIT de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSAS) El Consejo, considerando a) el Informe del Grupo del Consejo sobre el Reglamento Financiero y otros temas de gestión finan-ciera conexos (Grupo FINREGS) que se presentó a la reunión del Consejo en 2007 (Documento C07/27); b) la aprobación de la implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSAS) en la reunión del Consejo de 2007 (Documentos C07/71 y C07/104) como parte de la adopción de las IPSAS a nivel de todo el sistema de las Naciones Unidas, reconociendo que el Grupo FINREGS sigue siendo el mecanismo adecuado para abordar las cuestiones relativas a la implementación de las IPSAS entre reuniones del Consejo,