– 42 – (1.2 – Otros asuntos de finanzas) reconociendo la necesidad de garantizar la participación efectiva de los países en desarrollo, en especial los países menos adelantados, en el proceso preparatorio y en la Secretaría Ejecutiva, decide 1 incluir las cantidades indicadas en el Anexo 1 en el proyecto de Plan financiero para 2004-2007 de la UIT, como una contribución de la UIT a los preparativos de la Cumbre; 2 respaldar la creación de un Fondo Fiduciario Especial para las contribuciones voluntarias relacionadas con la Cumbre, en respuesta a la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas; 3 autorizar la transferencia inicial de 2,5 millones CHF al Fondo Fiduciario Especial procedentes del Fondo de Operaciones de las Exposiciones, y otras cantidades en porciones prudenciales, de conformidad con las condiciones que se estipulan más abajo, a tenor del artículo 19 del Reglamento Financiero, por una cuantía total de hasta 5 millones CHF para cada una de las fases de la Cumbre, en calidad de préstamo sin intereses para cubrir los costos y gastos de la Cumbre, como se indica detalladamente en el Anexo 2, y con las siguientes condiciones: a) el Fondo Fiduciario Especial reembolsará dichos préstamos tan pronto como se disponga del importe correspondiente; b) esto no afectará a las transferencias anuales planificadas al Fondo de Excedentes de TELECOM; c) se aplicarán todas las disposiciones pertinentes del Reglamento Financiero de la UIT a la gestión del Fondo Fiduciario Especial, el cual será objeto de una auditoría anual por parte del Auditor Externo de la UIT y de un informe que se presentará al Consejo; d) la continuación de este servicio de préstamos estará sujeta a revisión por el Consejo en cada una de sus reuniones; e) toda detracción de este fondo se acompañará de un documento que contendrá: 1) el importe solicitado; 2) una declaración detallada de los usos previstos de los fondos, encomienda al Secretario General 1 que siga desplegando esfuerzos encaminados a la recaudación de fondos, invitando a que se aporten contribuciones financieras al Fondo Fiduciario Especial a: − todos los organismos pertinentes de las Naciones Unidas; − otras organizaciones intergubernamentales, con inclusión de las instituciones internacionales y regionales; − los Estados Miembros y los Miembros de los Sectores, a título de contribución voluntaria; − las organizaciones no gubernamentales; − la sociedad civil y − el sector privado; 2 que informe periódicamente al Consejo acerca de los resultados de las actividades de recaudación de fondos, y que elabore un informe para la Conferencia de Plenipotenciarios; 3 que presente al Comité Preparatorio, en julio de 2002, una propuesta destinada a crear un Comité del Presupuesto para la CMSI; 4 que informe al Consejo sobre los gastos derivados de la concesión de créditos con sumas procedentes del Fondo de Operaciones de las Exposiciones y la gestión del Fondo Fiduciario Especial. Anexos: 2