– 13 – (1.1 – Presupuestos) Presupuesto bienal de la Unión Internacional de Telecomunicaciones para 2010-2011 R 1308 (C09) El Consejo, Considerando las disposiciones del Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, teniendo presente lo dispuesto en la Decisión 5 (Rev. Antalya, 2006) de la Conferencia de Plenipotenciarios sobre los ingresos y gastos de la Unión para el periodo 2008–2011, en la que se estipula que el importe de la unidad contributiva no deberá rebasar 330 000 CHF en 2010–2011, resuelve aprobar el presupuesto bienal de la Unión para 2010–2011, que asciende a 169 271 000 CHF para el ejercicio presupuestario 2010 y a 163 368 000 CHF para el ejercicio presupuestario 2011, lo que supone un total de 332 639 000 CHF para el bienio 2010–2011, cifra que se distribuye de la siguiente manera: Miles de francos suizos 2010 2011 2010-2011 a) Secretaría General 93 255 88 089 181 344 b) Sector de Radiocomunicaciones 33 094 32 909 66 003 c) Sector de Normalización de las Telecomunicaciones 12 872 13 298 26 170 d) Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones 30 050 29 072 59 122 Total 169 271 163 368 332 639 resuelve además 1 fijar el importe de la unidad contributiva anual para 2010 y 2011 en 318 000 CHF, basándose en la clase de contribución elegida por los Estados Miembros con arreglo al número 160 de la Constitución y al número 468 del Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, o sea en un total de 348 unidades; 2 establecer en 63 600 CHF el valor anual de la unidad contributiva para 2010 y 2011, destinada a sufragar los gastos de las reuniones del Sector de Radiocomunicaciones (UIT–R), del Sector de Norma-lización de las Telecomunicaciones (UIT–T) y del Sector de Desarrollo de las Telecomunicaciones (UIT–D), importe abonable por los Miembros de Sector de conformidad con el número 480 del Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones; 3 fijar la contribución financiera de los Asociados en las cantidades siguientes: 10 600 CHF para los Asociados que participen en las actividades del UIT-T y el UIT-R; 3 975 CHF para los Asociados que participen en las actividades del UIT-D; 1 987,50 CHF para los Asociados de los países en desarrollo que participen en las actividades del UIT–D.