![]() |
![]()
|
![]() | ||||||
|
||||||||
Nota de la Secretaría Ejecutiva de la CMSI | ||||||||
PROYECTO DE ENMIENDA DEL ARTÍCULO 7 DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA CUMBRE MUNDIAL SOBRE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN |
El Comité Preparatorio propone la siguiente enmienda al Artículo 7:
"Artículo 7
Elecciones
Entre los representantes de los Estados participantes, la Cumbre elegirá un Presidente y treinta Vicepresidentes, de los cuales uno actuará como Relator, cargos que respetarán el carácter representativo de la Mesa, así como dos Vicepresidentes ex officio propuestos por los países anfitriones de la Cumbre. La Cumbre también podrá elegir a los titulares de los cargos que considere necesarios para el desempeño de sus funciones."
Este texto sustituirá el texto del Artículo 7 en vigor.