Page 30 - 2016 Integrated management and disposal of electrical and electronic waste and used electrical and electronic equipment in Latin America
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Para resolver todos estos asuntos, el gobierno prevé establecer instrumentos de polÃtica y reglamentarios, adoptar
estándares de gestión de RAEE, desarrollar tecnologÃas para la valorización o eliminación de las sustancias, mezclas
o componentes peligrosos provenientes de los RAEE, etc. También prevé la implementación de polÃticas nacionales
que fomenten y dirijan los recursos de la cooperación internacional, la inversión extranjera o la inversión local en
la investigación, y el desarrollo o adopción de tales tecnologÃas para una correcta gestión de los RAEE.
4.6 Ecuador
Ecuador cuenta con una reglamentación nacional en materia de desechos
peligrosos, desde la Constitución de la República del Ecuador publicada
en 2008, cuyo artÃculo 15 establece la prohibición de la introducción de
desechos peligrosos al paÃs. Ecuador ratificó el Convenio de Basilea el 24
de mayo de 1993.
Ecuador tiene vigente una Ley de Gestión Ambiental desde el año 1999 y
una normativa secundaria denominada “Texto Unificado de Legislación
Secundaria del Ministerio del Ambienteâ€. Este último, estableció el
Sistema de Gestión de Desechos Peligrosos que se fundamentaba
inicialmente sólo en las responsabilidades de los generadores a nivel de
sectores productivos y de servicio, asà como de los gestores que
administran los desechos peligrosos generados.
En febrero de 2012, el Ministerio del Ambiente de Ecuador (MAE) estableció el principio de responsabilidad
extendida del productor (REP) en el Acuerdo Ministerial No. 161 sobre el “Reglamento para la Prevención y Control
de la Contaminación por Sustancias QuÃmicas Peligrosas, Desechos Peligrosos y Especialesâ€, el cual modifica el
primer sistema, estableciendo el marco para el Sistema Nacional de Control de la Gestión de Desechos Peligrosos
y Especiales con el establecimiento del principio REP (aplicable al importador), lo cual implica involucrar a actores
tales como fabricantes nacionales e importadores de productos.
Este enfoque complementario cubre los residuos generados a partir de los productos de consumo masivo.
EspecÃficamente para el asunto de los RAEE, en enero de 2013, el Ministerio del Ambiente de Ecuador (MAE)
publicó en el Registro Oficial No. 881 la PolÃtica Nacional de Post-Consumo de Equipos Eléctricos y Electrónicos en
el Acuerdo Ministerial No. 190, cuyo objetivo general es establecer el modelo de gestión de Equipos Eléctricos y
Electrónicos en desuso en el marco de aplicación del principio de la responsabilidad extendida y la participación
activa del Estado y de la población. Este Acuerdo cataloga a los RAEE como una corriente de desechos peligrosos
y especiales. Por esto la polÃtica aplicable establece principios como el “Principio de precauciónâ€, el “Principio de
la cuna a la tumba†o el Principio de quien contamina pagaâ€.
A fin de cumplir con el objetivo general de establecimiento de una polÃtica de postconsumo para la gestión de
RAEE, se han desarrollado polÃticas especÃficas. Estas polÃticas establecen lineamientos de gestión para dar una
solución ambientalmente adecuada a este tipo de desechos, en base a la legislación ambiental aplicable. Esto
permite contribuir significativamente a la protección del medio ambiente, pues reduce el impacto ambiental por
la disposición inadecuada de estos desechos en botaderos o vertederos. Además se evitan otros impactos en caso
de incineración a cielo abierto.
Ecuador cuenta con el Acuerdo Ministerial No. 191 que es un instructivo para la gestión de teléfonos celulares
desechados. El Acuerdo establece una meta de recolección del 3% de celulares desechados y los mecanismos de
control respectivos para importadores y gestores de esos dispositivos. (RECICLAMETAL, 2014) Este instructivo se
deriva de la aplicación de la polÃtica establecida en el Acuerdo Ministerial No. 190, considerando que los celulares
en desuso forman parte del flujo de RAEE. Para el caso especÃfico de equipos celulares obsoletos, además del
Acuerdo Ministerial No. 191, el paÃs cuenta con normativa establecida por el Comité de Comercio Exterior (COMEX),
a través de las resoluciones y medidas siguientes:
 Resolución No. 067 de junio de 2012, por las que COMEX restringe las importaciones de celulares por cupos,
las cuales fueron distribuidas entre 33 importadores según se determina en el Anexo I de la resolución
mencionada.
20 Gestión sostenible de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos en América Latina