ResumenLa implantación generalizada de marcadores de identificación (incluidos los marcadores de identificación por radiofrecuencias (RFID) puede causar inquietud ante posibles vulneraciones de la intimidad aprovechando las posibilidades que ofrece la tecnología RFID para recopilar (y procesar) datos de manera automática, con la posibilidad de revelar dichos datos al público (de manera deliberada o accidental). En el caso de las aplicaciones que recurren a la identificación por medio de marcadores y se basan en un marcador de identificación personalizado para las aplicaciones de gestión personalizadas después de su venta, las aplicaciones de atención de la salud, etc., la cuestión de la protección de la intimidad se está convirtiendo en un problema cada vez más grave. En esta Recomendación se describen diversas infracciones de la información que permite identificar a la persona (IIP) a partir de aplicaciones que recurren a la identificación por medio de marcadores, así como los requisitos para proteger la IIP. Además, en esta Recomendación se facilita una estructura básica de protección de la IIP a partir de las características de la política de IIP. |