Resumen

En la Recomendación UIT-T D.198 se reconoce el derecho de todos los operadores a presentar los precios/tarifas/tasas de sus servicios de telecomunicaciones en la forma que considere más conveniente. Se recomienda que las empresas de telecomunicaciones que ofrecen conexiones/
intercambio de tráfico internacionales utilicen, en la medida de lo posible, los mismos formularios/
plantillas/formatos de datos para representar los destinos del tráfico y los precios/tarifas/tasas ofrecidos, que incluyan, si procede, explicaciones facultativas o criterios de calidad del servicio.