REGLAS DE PROCEDIMIENTO - Edición de 2021 - rev.5
PREÁMBULO
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
PARTE A
PARTE B
PARTE C
PRESENTACIÓN
ARTÍCULO 1 del RR
ARTÍCULO 4 del RR
ARTÍCULO 5 del RR
ARTÍCULO 6 del RR
Reglas relativas a la aceptabilidad de los formularios de notificación generalmente aplicables a todas las asignaciones notificadas presentadas a la Oficina de Radiocomunicaciones en aplicación de los procedimientos del Reglamento de Radiocomunicaciones
Reglas relativas a la tramitación por la Oficina de Radiocomunicaciones de solicitudes de coordinación con arreglo al Artículo 9 o notificaciones con arreglo al Artículo 11 del Reglamento de Radiocomunicaciones presentadas a la Oficina a partir del día siguiente de una CMR pero antes de la fecha efectiva de entrada en vigor de las atribuciones de frecuencias nuevas o actualizadas en la CMR
Reglas relativas a la tramitación de cambio de Administración Notificante que actúa como administración de una red de satélites en nombre de un grupo de administraciones nominadas
ARTÍCULO 9 del RR
Reglas relativas a la ampliación del plazo reglamentario de puesta en servicio de asignaciones de satélites
Reglas relativas a la puesta en servicio de múltiples redes de satélites geoestacionarios con un único satélite
ARTÍCULO 11 del RR
ARTÍCULO 12 del RR
ARTÍCULO 13 del RR
ARTÍCULO 21 del RR
ARTÍCULO 22 del RR
ARTÍCULO 23 del RR
APÉNDICE 4 al RR
APÉNDICE 5 al RR
APÉNDICE 7 al RR
APÉNDICE 27 al RR
APÉNDICE 30 al RR
APÉNDICE 30A al RR
APÉNDICE 30B al RR
RESOLUCIÓN 1 (Rev.CMR-97) - Notificación de asignaciones de frecuencia
RESOLUCIÓN 8 (CMR-23) - Tolerancias de determinadas características orbitales de estaciones espaciales desplegadas como parte de un sistema en la órbita de los satélites no geoestacionarios de los servicios fijo por satélite, radiodifusión por satélite y móvil por satélite
RESOLUCIÓN 32 (CMR-19) - Procedimientos reglamentarios para las asignaciones de frecuencias a sistemas y redes de satélites no geoestacionarios identificados como misiones de corta duración no sujetos a la aplicación de la Sección II del Artículo 9
RESOLUCIÓN 35 (Rev.CMR-23) - Métodos por etapas para la implementación de asignaciones de frecuencias a estaciones espaciales de sistemas de satélites no geoestacionarios en bandas de frecuencias y servicios específicos
RESOLUCIÓN 121 (CMR-23) - Utilización de la banda de frecuencias 12,75-13,25 GHz por estaciones terrenas en movimiento a bordo de aeronaves y barcos que comunican con estaciones espaciales geoestacionarias del servicio fijo por satélite
RESOLUCIÓN 123 (CMR-23) - Utilización de las bandas de frecuencias 17,7-18,6 GHz, 18,8-19,3 GHz y 19,7-20,2 GHz (espacio-Tierra) y 27,5-29,1 GHz y 29,5-30,0 GHz (Tierra-espacio) por las estaciones terrenas en movimiento aeronáuticas y marítimas que se comunican con estaciones espaciales no geoestacionarias del servicio fijo por satélite
RESOLUCIÓN 170 (CMR-19)
RESOLUCIÓN 678 (CMR-23) - Utilización de la banda de frecuencias 14,8-15,35 GHz por el servicio de investigación espacial (espacio espacio) (Tierra espacio) (espacio Tierra) y medidas transitorias correspondientes
RESOLUCIÓN 750 (Rev.CMR-19)
PARTE A2 Reglas relativas al Acuerdo Regional para la Zona Europea de Radiodifusión sobre la utilización de frecuencias por el servicio de radiodifusión en las bandas de ondas métricas y decimétricas (Estocolmo, 1961) (ST61)
PARTE A3 Reglas relativas al Acuerdo Regional sobre la utilización por el servicio de radiodifusión de frecuencias en las bandas de ondas hectométricas en las Regiones 1 y 3 y en las bandas de ondas kilométricas en la Región 1 (Ginebra, 1975) (GE75)
PARTE A4 Reglas relativas al Acuerdo Regional sobre la utilización de la banda 535-1 605 kHz en la Región 2 por el servicio de radiodifusión (Río de Janeiro, 1981) (RJ81)
PARTE A5 Reglas relativas al Acuerdo Regional sobre la utilización de la banda 87,5-108 MHz por la radiodifusión sonora con modulación de frecuencia (Ginebra, 1984) (GE84)
PARTE A6 Reglas relativas al Acuerdo Regional sobre la planificación de la radiodifusión de televisión en ondas métricas/decimétricas en la Zona Africana de Radiodifusión y países vecinos (Ginebra, 1989) (GE89)
PARTE A7 Reglas relativas a la Resolución 1 de la Conferencia RJ88 y al Artículo 6 del Acuerdo RJ88
PARTE A8 Reglas relativas al Acuerdo Regional relativo a los servicios móvil marítimo y de radionavegación aeronáutica en la banda de ondas hectométricas (Región 1), (Ginebra, 1985) (GE85-MM-R1)
PARTE A9 Reglas relativas al Acuerdo Regional para la planificación del servicio de radionavegación marítima (radiofaros) en la Zona Marítima Europea (Ginebra, 1985) (GE85-EMA)
PARTE A10 Reglas relativas al Acuerdo Regional sobre planificación del servicio de radiodifusión digital terrenal en partes de las Regiones 1 y 3, en las bandas de frecuencia 174-230 MHz y 470-862 MHz (Ginebra, 2006) (GE06)
PARTE B SECCIÓN B1
PARTE B SECCIÓN B2
PARTE B SECCIÓN B3 Reglas relativas al método para calcular la probabilidad de interferencia perjudicial entre redes de satélites (relaciones C/I)
PARTE B SECCIÓN B4 Reglas relativas a la metodología de cálculo y normas técnicas para identificar a las administraciones afectadas y evaluar la probabilidad de interferencia perjudicial en las bandas entre 9 kHz y 28 000 kHz
PARTE B SECCIÓN B5 Reglas relativas a los criterios para aplicar las disposiciones del número 9.36 a una asignación de frecuencia en las bandas que se rigen por el número 5.92
PARTE B SECCIÓN B6 Reglas relativas a los criterios para aplicar las disposiciones del número 9.36 a una asignación de frecuencia a los servicios terrenales cuya atribución o identificación se rige por los números 5.292, 5.293, 5.295, 5.295A, 5.296A, 5.297, 5.307A, 5.308, 5.308A, 5.309, 5.323, 5.325, 5.326, 5.341A, 5.341C, 5.346, 5.346A, 5.429F, 5.430A, 5.431A, 5.431B, 5.432B,* 5.434A, 5.457F, 5.480A y 5.553A
PARTE B SECCIÓN B7 Reglas relativas a los valores de relación de protección y de mínima intensidad de campo que deben utilizarse en el caso de sistemas de transmisión con modulación digital cuando se aplican las disposiciones del Artículo 4 del Acuerdo Regional GE75
PARTE B SECCIÓN B8 Cálculo de los niveles de densidad de flujo de potencia producidos por las estaciones terrenas en movimiento aeronáuticas (ETEM-A) y su validación respecto de los límites especificados en el Anexo 3 a la Resolución 169 (Rev.CMR-23), el Anexo 2 a la Resolución 121 (CMR-23) y el Anexo 2 a la Resolución 123 (CMR-23)
PARTE C Disposiciones y métodos de trabajo internos de la Junta del Reglamento de Radiocomunicaciones
Notas