La encuesta tiene por objeto determinar en qué medida los Estados Miembros han implementado los elementos comunes de la gestión de los números de teléfono a fin de facilitar la elaboración de directrices generales que ayuden a los Estados Miembros a luchar contra la apropiación indebida de sus números de teléfono.
La CMDT-14 aprobó la Resolución 78 "Capacitación para combatir la apropiación indebida de los números de teléfono de la Recomendación UIT-T E.164", en respuesta a las necesidades y demandas de los Estados Miembros, especialmente de las islas del Pacífico, para abordar la apropiación indebida de números de teléfono. Los números de teléfono son responsabilidad de los Estados Miembros y la manera en que éstos los gestionan refleja sus necesidades y requisitos nacionales. Ahora bien, para ayudar en la lucha contra la apropiación indebida de los números de teléfono deben tenerse en cuenta elementos comunes tales como aspectos de la gestión nacional de números de teléfono y la divulgación de información sobre las decisiones asociadas con esa gestión.
En las reuniones de septiembre de 2015 de la Comisión de Estudio 1 del UIT-D y de su Grupo de Relator para la Cuestión 6/1, dedicadas a "Información, protección y derechos del consumidor: leyes, reglamentación, bases económicas, redes de consumidores", los Miembros de la UIT acordaron enviar a los Miembros una circular recabando contribuciones al respecto. Todos los insumos y contribuciones recibidos a raíz de esta encuesta se compilarán en los resultados de la Cuestión 6/1 para proteger mejor a los consumidores de servicios de telecomunicaciones/TIC e informar a la CMDT-17 sobre la aplicación de la Resolución 78, con objeto de elaborar directrices sobre prácticas idóneas de gestión de los números de teléfono.
Véase más información en la Carta circular (BDT/IP/CSTG-9) conexa. El plazo para la respuesta es el 1 de agosto de 2016.
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