Rec. CCITT F.110/E.200 (11/1988) – DISPOSICIONES DE EXPLOTACIÓN PARA EL SERVICIO MÓVIL MARÍTIMO
ÍNDICE
DIVISIÓN A – DISPOSICIONES GENERALES
    1 Definiciones
    2 Orden de prioridad
DIVISIÓN B – RADIOTELEGRAMAS
    1 Redacción y depósito de los radiotelegramas
        1.1 Lenguaje claro
        1.2 Indicación de la estación de origen
        1.3 Utilización de los códigos de identificación de las autoridades encargadas de la contabilidad por las estaciones móviles
        1.4 Hora de depósito
        1.5 Dirección
    2 Cómputo de palabras
    3 Encaminamiento de los radiotelegramas
    4 Transmisión de los radiotelegramas
        4.1 Repetición de oficio
        4.2 Recepción dudosa
        4.3 Radiocomunicaciones a larga distancia
        4.4 Retransmisión de oficio por estaciones móviles
        4.5 Periodo de retención de los radiotelegramas en las estaciones terrestres
    5 Aviso de no entrega
    6 Cartas radiomarítimas
    7 Servicios especiales
    8 Condiciones especiales en el caso del servicio móvil marítimo por satélite
DIVISIÓN C – RADIOTÉLEX
    1 Disposiciones generales
        1.1 Encaminamiento de las comunicaciones
        1.2 Información que debe facilitar en caso necesario el usuario que llama
        1.3 Duración de las comunicaciones
        1.4 Plazo de validez de las peticiones
        1.5 Intercambio de radiotelegramas por radiotélex
    2 Tráfico proveniente de estaciones móviles
        2.1 Servicio automático
        2.2 Servicio con intervención de un solo operador
        2.3 Servicio semiautomático
        2.4 Servicio manual
        2.5 Servicio con almacenamiento y retransmisión
        2.6 Procedimientos
    3 Tráfico con destino a estaciones móviles
        3.1 Servicio automático (acceso directo del abonado que llama al abonado llamado)
        3.2 Servicio con intervención de un solo operador (acceso directo del abonado que llama a una estación terrestre extranjera)
        3.3 Servicio semiautomático (acceso del abonado que llama, a su central internacional, para establecer una comunicación directa)
        3.4 Servicio manual
        3.5 Almacenamiento y retransmisión
    4 Cartas télex radiomarítimas
        4.1 Definición
        4.2 Procedimientos de explotación
DIVISIÓN D – RADIOTELEFONÍA
    1 Disposiciones generales
        1.1 Lenguajes que han de utilizarse
        1.2 Prioridad
        1.3 Encaminamiento de las comunicaciones
        1.4 Información que debe facilitar el usuario que llama
        1.5 Duración de las comunicaciones
        1.6 Plazo de validez de las peticiones
        1.7 Intercambio de radiotelegramas por radiotelefonía
    2 Tráfico proveniente de estaciones móviles
        2.1 Servicio automático
        2.2 Servicio con intervención de un solo operador
        2.3 Servicio semiautomático
        2.4 Servicio manual
        2.5 Servicio con almacenamiento y retransmisión
        2.6 Procedimientos
    3 Tráfico con destino a estaciones móviles
        3.1 Servicio automático (acceso directo del abonado que llama al abonado llamado)
        3.2 Servicio con intervención de un solo operador (acceso directo del abonado que llama a una estación terrestre extranjera)
        3.3 Servicio semiautomático (acceso del abonado que llama, a su central internacional, para establecer una comunicación directa)
        3.4 Servicio manual
        3.5 Almacenamiento y retransmisión
DIVISIÓN E – RADIOTELEXOGRAMAS
    1 Disposiciones generales
        1.1 Definición
        1.2 Prestación del servicio
        1.3 Plazo de validez de las peticiones
    2 Procedimientos de explotación
Referencias