RESUMEN

Esta Recomendación trata del establecimiento de un punto de contacto en cada EER/Administración para resolver los problemas específicos de los clientes notificados por otra Administración/EER. Este punto de contacto, denominado punto de atención al cliente, es distinto de los puntos de contacto para el mantenimiento definidos en la Recomendación M.1510.

En el entorno actual de las telecomunicaciones existe una gran necesidad de mantener la satisfacción del cliente aislando y resolviendo los problemas rápidamente. A menudo el problema no reside en la red de la EER/Administración que recibe el informe de avería del cliente, sino en otra EER/Administración. En tales circunstancias, la solución del problema puede tomar mucho tiempo si no existe un punto de contacto designado. Este punto de contacto se define en esta Recomendación como «punto de atención al cliente». La finalidad de esta Recomendación es determinar los requisitos mínimos para el establecimiento del punto de atención al cliente y de las correspondientes funciones y responsabilidades.