RESUMEN

La presente Recomendación sobre servicio internacional de cobro revertido automático (Libro Azul – Melbourne, 1988) se ha revisado con el fin de armonizarla con las prácticas actuales en la materia y suministrar otras dos formas opcionales de acceso al servicio:

1)          marcando el número local de cobro revertido automático en el país de destino; y

2)          marcando un número universal de cobro revertido automático internacional basado en el indicativo de país de la Recomendación E.164 como código mundial de servicio, según se define en la Recomendación E.169.